jueves, 22 de abril de 2010

LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS.


Las formas de gobierno y los tipos de cultura de cada país han sido determinantes en el desarrollo de las mismas, el estilo de vida que se vive en cada una de ellas es diverso y eso hace que se vaya creando en las distintas poblaciones un estilo propio de ideas.
Sin embargo, es obvio que lo que ha movido al mundo es la ambición del tener más, de acaparar lo material a costa de todo, incluso del mismo hombre, lo que ha ocasionado que a lo largo de la historia hayan surgido conceptos como la esclavitud, la opresión, la falta de libertad, la falta de igualdad, entre otros.
Históricamente, los derechos humanos comenzaron a internacionalizarse a partir de la creación de la Carta de las Naciones Unidas de mil novecientos cuarenta y cinco, y con la creación de la Declaración Universal de Derechos Humanos por la asamblea general el diez de diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho, en virtud de la gran cantidad de violaciones a los valores del hombre del cual estaba siendo objeto, pero no obstante lo anterior, se sabe que no ha sido una tarea fácil tratar de aplicar estos derechos humanos a todos los países, pues como ya se ha mencionado cada país tiene sus propias ideas de lo que representan los derechos humanos, y resulta díficil que se adapten a las que se pretendieron implementar en su momento.
Sabemos que ha resultado un reto que los derechos humanos sean considerados por diferentes países, pero en la medida que ha ido cambiando las ideas respecto a dicho concepto, las gentes han comenzado a otorgarle relevancia a valores que con antelación no se habían tomado en consideración y en la medida de que van cambiando las necesidades de acuerdo a las circunstancias históricas han ido surgiendo nuevos tipos derechos humanos internacionales, los cuales se clasifican en derechos individuales (civiles y políticos), derechos colectivos (sociales, ecónomicos y culturales) y los de solidaridad internacional.
Resulta claro, que cada clasificación atiende a diferentes tipos de derechos, emanados en diferentes tiempos y por circunstancias diversas, sin embargo cada tipo se adapta a derechos prestablecidos en las normas que tiene cada país, ya que para uno puede resultar importante resaltar la libertad como derecho civil que en otra nación.En esa tesitura, a veces puede resultar complejo tratar de aplicar ciertos derechos cuando estos se contraponen con las costumbres de un lugar, eso sin contar que a veces los tratados celebrados en materia de derechos humanos, en muchas ocasiones se contraponen a la constitución y demás normas aplicables, lo que también resulta díficil la aplicación de los mismos.
Obviamente, no puede dejarse de lado que el tratar de que más países se unan a la celebración de convenios en esta materia, resulta benéfico para los hombres ya que el respeto a los demás es un valor que no debe dejarse de lado para la sana convivencia entre los pobladores, sin embargo creo si luchamos con un sin número de circunstancias que hacen creer que los derechos humanos no podrán ser respetados cabalmente, pero no podemos dejar de lado que aunado a lo anterior es la actitud de cada persona que determina y denota el valor de la otra.

jueves, 15 de abril de 2010

LAS FUENTES DE LOS DERECHOS HUMANOS.

Después de estudiar a Miguel Carbonell en su libro ¨Los Derechos Fundamentales en México¨ me hizo creer que erróneamente solemos pensar que los conceptos de derechos humanos y derechos fundamentales tienen igualdad de significado y que son palabras sinónimas, sin embargo dichos conceptos distan de ser iguales; aunque el autor manifiesta que aun y cuando tienen relación en cuanto a su fin último, estos manejan cierta distinción, ya que los derechos humanos representa un concepto amplio y general, "un conjunto de facultades e instituciones, que en cada momento histórico, concreta las exigencias de dignidad, libertad e igualdad humana", en cambio, los derechos fundamentales solo se limitan a aquellos "derechos humanos específicamente garantizados por el ordenamiento jurídico positivo, normalmente en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos".


En ese sentido, y conforme a lo anterior, decir que los derechos humanos se encuentran contemplados tanto en la Constitución como en alguna otra norma determinada sería incorrecto, porque como ya se ha dicho con antelación, dicho concepto va más allá de lo establecido en las mismas, porque no todos los derechos que para muchos consideran humanos se encuentran son contemplados en cuerpos normativos, y máxime que con el pasar del tiempo y una cambiante transformación de la valoración de los derechos humanos por parte de la sociedad hacen que no pueda ser posible que todos estos derechos se encuentren comprendidos en ningún cuerpo normativo, lo cual se diferencia de los los derechos fundamentales, ya que éstos si se encuentran determinados y considerados en diversas fuentes, tales como: 1) La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus reformas; 2) Normas Jurídicas 3) Los Tratados Internacionales; y 4) La Jurisprudencia.

Desde ese contexto pudiera decirse que no todos los derechos humanos pueden ser reconocidos por la norma, dado que por lo que para una sociedad pudiera considerar como importante un derecho, tal vez la ley ni siquiera la contemple, entonces podríamos decir nuestros derechos humanos se encuentran limitados a un cierto numero de facultades o prerrogativas asentadas en la constitución o en diversa norma y que según el autor denomina derechos fundamentales; sin embargo a mi punto de vista no dejan ser derechos humanos, ya que aunque estos se encuentren regulados en una determinada norma dicho acto no les quita tal carácter.

Con lo anterior, no se pretende decir que delimitar los derechos humanos este mal, mas sin embargo considero que no nos podemos conformar con un cierto tabulador de derechos fundamentales, y decir que estos son los derechos humanos pero reconocidos por la norma, sino que a veces debemos ir mas allá de ellos, probablemente este viéndolo desde un punto de vista iusnaturalista, y a lo mejor pueda llegar a confundir ciertas actitudes inherentes al hombre con derechos humanos, y tal vez se me olvida pensar que debemos apegarnos a las normas porque venimos de una corriente positivista, pero insisto no esta de mas que comencemos a mirar mas allá, y que si podemos trabajar las ideas de derechos humanos según la corriente iusnaturalista y pasarlos por el filtro del positivismo para que se adecuen al realismo podremos tener la formula perfecta para contemplar verdaderamente en nuestra Constitución y demás normas jurídicas un verdadero elenco de derechos humanos.

Además, de nada sirve que exista un interés por tutelar los derechos humanos, si no somos coherentes con la realidad de nuestros actos o simplemente con nuestras normas, celebramos tratados que no podemos aplicar porque difieren de lo que señala nuestra Carta Magna, me pregunto como pueden celebrar tratados que no van con nuestra realidad jurídica, dado que lo único que provocan es un conflicto en la interpretación de la aplicación de los tratados, dado que en su mayoría creen que no existe norma por encima de la Constitución, por tanto es importante que previa celebración se someta a análisis su posible aplicación.

Entiendo que las fuentes de derechos del hombre es limitada, pero si en lo poco no tenemos algo debidamente definido considero que el respeto por los derechos humanos no podrá cobrar vigencia hasta en tanto no se defina adecuadamente el procedimiento adecuado para la aplicación de los mismos.




















viernes, 9 de abril de 2010

Derechos Humanos.

"Desigualdad que lastima, soledad que corroe, lagrima que se desliza, semilla que nunca germina; la tierra que ruge en los últimos días como si juzgara los actos del hombre, que sigue su curso en este mundo al parecer predestinado a sucumbir víctima de su propia mano.
Si, Sin duda; el final de la tinta se acerca".

Las diferentes formas de gobiernos, los sistemas ecónomicos, y los intereses de unos pocos hacen que el valor del hombre sea reducido en gran manera; esa marcada y latente desigualdad que emerge de golpe día a día en una sociedad afectada por el olvido y maltrato de sus gobernantes y que reclama, a veces a gritos, ser tratados con dignidad; en este mundo que dista mucho de un edén y que contrario a ello el futuro resulta ser incierto, es aquí donde uno se pregunta donde quedan los derechos humanos? y es que tanto se habla de ellos que especialistas en la materia van y vienen e imparten conferencias para hablar de los mismos, como sin con ello solucionaran todos los problemas que aquejan a una sociedad o a un individuo en particular, lo cual resulta lejano ya que mientras que los conferencistas gastan horas explicandonos en que consisten los derechos humanos, o de las comisiones encargadas de ventilar las quejas respectivas por violaciones a los mismos, la realidad resulta totalmente diferente, ya que en la via diaria nos vamos dando cuenta que la realidad es otra y que seguimos siendo objetos de un gobierno frio y distante a las necesidades del pueblo. Contrario a ello, se trata de que hoy aprendamos que dichos derechos representan más que eso, que comenzemos a entender que más que prerrogativas, facultades o atribuciones de los individuos debemos iniciar con ser respetuosos entre nosotros mismos, y que además que el verdadero respeto a la norma o normas que regulan dichos derechos serviría en gran manera de ayuda para evitar que se cometan reiteradamente violaciones a los mismos, y que independientemente del lugar que ocupemos en la sociedad no se puede dejar de lado el valor que tiene cada persona. Tal vez lo anterior no sea suficiente, ya que la problematica es aún más profunda, más sin embargo considero que es un buen inicio, ya que un cambio de en nuestro actuar concatenado a estas ideas por parte de todos los individuos marcaría el inicio de un cambio positivo para nuestra sociedad, dado que no podemos perder de vista que gran parte del problema radica en la desvalorización del individuo.